"Los países libres son aquellos en los que son respetados los derechos del hombre y donde las leyes, por consiguiente, son justas".
Robespierre



lunes, 11 de abril de 2011

La Acción por Simulación

Cuando las partes declaran en forma diferente a lo que han querido, buscando producir un engaño, estamos frente a una simulación; al respecto la Sala Primera Civil en la sentencia #41 del 4 de abril de 1991,cita: “Simular significa representar o hacer aparecer alguna cosa fingiendo o imitando lo que no es. Disimular significa ocultar lo que es. En ambos casos el individuo tiene el engaño como idéntico objetivo. Ambos conceptos aparecen como aspectos diversos de un mismo fenómeno: la simulación.”

La simulación puede ser absoluta, cuando se produce en un contrato que sólo tiene existencia aparente –las partes en realidad no han querido celebrar ningún contrato, desean la declaración no sus consecuencias- y está citada en el Art. 835 del Código Civil; y puede ser relativa, cuando se emplea para dar a un acto jurídico una apariencia que oculta su verdadero carácter.

Para que un acto pueda ser considerado como simulado es necesario que cumpla con los siguientes requisitos: a) Acuerdo de partes: es necesario que las partes hayan manifestado su voluntad fingida, b) Discordancia intencional: distingue el acto simulado del error y c) Intención de engañar: siempre constituye un engaño, y debe causar daño a terceros o burlar la ley.


De igual forma, para poder ejercer la acción por simulación, es necesario ser titular de un derecho subjetivo, es decir, tener un interés jurídicamente tutelable y que éste titular haya sido o pueda ser afectado por el acto ficticio.

Un ejemplo de una situación donde se puede presentar una acción de nulidad por simulación es: Mario tiene una deuda con una financiera, misma que se encuentra atrasada por falta de pago, por el momento su único patrimonio es un vehículo. Con el fin de evitar que le embarguen y confisquen su vehículo, él simula la venta de ese vehículo a su hermano, pero sigue utilizando el vehículo como si la venta no se hubiese efectuado.

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